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Programa de Diversificación Curricular
 

ÍNDICE

1. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS, METODOLÓGICOS Y DE ORGANIZACIÓN.

2. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR EL ALUMNADO QUE SE INCORPORARÁ AL PROGRAMA.

5. CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, DE LOS HORARIOS Y DE LOS RECURSOS MATERIALES.

6. Programación didáctica de las áreas específicas Y Determinación de las materias optativas

1. Ámbito Lingüístico social
2. Ámbito científico-tecnológico

7. Directrices de aplicación a este alumnado de los criterios de titulación establecidos con carácter general en el PC

8. Criterios y procedimientos para la evaluación y revisión del Programa de Diversificación Curricular

 

1. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS, METODOLÓGICOS Y DE ORGANIZACIÓN.

         El Programa de Diversificación Curricular del IES “Marqués de Santillana”, se entiende incardinado dentro del Proyecto Educativo del Instituto y del Proyecto Curricular de la Educación Secundaria Obligatoria. Es una de las consecuencias de la actividad de los diferentes Equipos y Departamentos del Centro, contribuyendo cada uno de ellos en función de sus competencias.

         En nuestro Instituto la implantación del nuevo Sistema Educativo ha comenzado en el curso 1998-99, por lo tanto, los documentos antes mencionados se encuentran en proceso de debate y redacción

         La Resolución de 12 de abril de 1996 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se regulan los programas de diversificación curricular en la etapa de educación secundaria obligatoria, y, en concreto su apartado decimoséptimo establece que “todos los centros que impartan enseñanzas de segundo ciclo de  Educación secundaria obligatoria deberán tener elaborado el programa de diversificación curricular antes del inicio del curso en que se imparte por primera vez en el centro el cuarto curso de la etapa”.

         Por ello la confección del Programa de Diversificación Curricular y su puesta en práctica va a suponer un elemento de primer orden para ese debate, principalmente en la búsqueda de espacios y tiempos para la atención a la diversidad.

         Esta prontitud puede llevar pareja algunas dificultades tanto en los aspectos de programación como en la selección de los alumnos, pero nunca hay que olvidar que un proyecto supone reflexión y puesta en práctica en continua retroalimentación. En definitiva las dificultades o desviaciones iniciales serán superadas con la propia práctica.

         El OBJETIVO GENERAL que se persigue en este Programa es promover una atención educativa a los alumnos incluidos en el mismo, que constituya una oportunidad real de acceder al título de Graduado en Educación Secundaria, o lo que es lo mismo, conseguir los objetivos establecidos para esta etapa, evitando con ello el abandono o el aislamiento de estos alumnos.

         Los PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS, METODOLÓGICOS Y DE ORGANIZACIÓN son la interpretación y aplicación de los que se mencionan, con carácter general, en el Real Decreto 1345/1991 por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria:

Desarrollo de la interacción y el fomento de la colaboración a nivel de todo el centro: información, respeto mutuo, etc. y del aula: organizaciones flexibles, abiertas, etc.

Tratamiento interdisciplinar de los contenidos, principalmente en torno a las dos áreas específicas: ámbito socio-lingüístico y científico-tecnológico. Programación de actividades que intenten despertar el interés y la motivación por aprender.

Favorecer las condiciones para que los alumnos sean cada vez más autónomos en sus aprendizajes.

Búsqueda y prioridad para los aprendizajes funcionales: que se puedan utilizar en otros contextos para afrontar determinadas situaciones y continuar realizando otros aprendizajes.

Tender, en la medida de lo posible, a la combinación del trabajo individual, que facilita la autonomía de los alumnos, y el trabajo en equipo que favorece el desarrollo social, personal e intelectual, sobre todo en la adolescencia.

Favorecer el seguimiento y el apoyo tutorial. Por ello, es importante que el tutor o tutora del grupo sea uno de los profesores/as de los ámbitos del Programa

Este Proyecto se refiere siempre a objetivos, contenidos, criterios de evaluación etc. finales, tanto si la duración del programa para un alumno es de un año o de dos años. Cuando sea necesario se diferenciará entre el primero y el segundo año de los programas de dos años.

         Durante el curso 1999-2000 después del estudio y valoración se conside necesaria la implantación del programa de dos años.

2. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR EL ALUMNADO QUE SE INCORPORARÁ AL PROGRAMA.

         Para determinar los criterios y procedimientos para incorporar alumnos y alumnas al Programa, hay que tener muy presente que la Diversificación Curricular será uno de los recursos con los que contará el Instituto para atender la diversidad. Esta diversidad variará con el paso del tiempo, y en función de los recursos materiales y personales con los que cuente el Instituto iremos atendiéndola.

         Por lo tanto los criterios aquí recogidos se entienden muy generales, ya que será la diversidad y las necesidades detectadas por los profesores, tutores, etc. la que nos obligará a “moldear” los criterios curso a curso.

 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS ALUMNOS QUE SE INCORPOREN AL PROGRAMA.

Mayores de 16 años o que los cumplan durante el año en que acceden al programa. Esta condición variará en función de si la incorporación es para uno o dos años y según el año en que los alumnos se incorporaron a la ESO, así como los cursos repetidos.

En general se correspondería con los siguientes cuadros: 

PARA EL PROGRAMA DE DOS AÑOS
 

con 1er ciclo
ESO

con 3º ESO
sin repetir

con 3º ESO
repetido

con 4º ESO
sin repetir

16 años

NO

17 años

NO

NO

NO

 

PARA EL PROGRAMA DE UN AÑO
 

con 1er ciclo ESO

con 3º ESO
sin repetir

con 3º ESO
repetido

con 4º ESO
sin repetir

16 años

NO

NO

NO

17 años

NO

NO

Previa evaluación psicopedagógica.

Oído el alumno y sus padres.

  • Escolarizados en nuestro Instituto el curso anterior, a fin de garantizar el conocimiento adecuado del alumno y favorecer la necesaria continuidad de los estudios.

  • Que en cursos anteriores hayan encontrado dificultades generalizadas de aprendizaje, y que a juicio de la Junta de Profesores y del Departamento de Orientación se encuentren en riesgo de  no alcanzar los objetivos siguiendo el currículo ordinario y que con la incorporación al Programa es probable que lo conseguirán.

Algunas de las dificultades de aprendizaje pueden estar relacionadas con:

  • Personalidad: tendencia al desequilibrio emocional, bajo autoconcepto.

  • Motivación: baja motivación, metas desajustadas.

  • Aptitudes y capacidades: deficiencias en aptitudes, retrasos en las capacidades contempladas en la ESO.

  • Rendimiento: bajo rendimiento académico en función de las posibilidades.

  • Aprendizaje: ritmo de aprendizaje lento, estilo de aprendizaje carente de autonomía, carencia de hábitos o técnicas de estudio.

  • Alumnos que quieren y mantienen expectativas de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y aceptan voluntariamente (los alumnos y sus padres) participar en el programa frente a otras opciones educativas que por su edad pueden elegir.

4. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA INCORPORACIÓN DE ALUMNOS AL PROGRAMA.

 Cada curso escolar será necesario realizar el siguiente proceso:

 FECHA

ACTIVIDAD PROPUESTA

 

Antes de las sesiones de la segunda evaluación.

 

 

Reunión del jefe de estudios y el orientador con los tutores de 3º  y 4º de la ESO a fin de dar a conocer o recordar las características del programa.

 

Durante las sesiones de la segunda evaluación.

 

Los tutores junto con el equipo educativo de cada grupo de 3º y 4º emitirán la opinión sobre la posible candidatura al programa de alumnos que cumplan los requisitos establecidos.

 

 

Hasta el 30 de abril

 

Elaboración de los siguientes informes:

- Tutor: características personales y expectativas académicas.

- Profesores de cada materia: nivel de cada alumno, tomando como referencia el curriculum de la etapa y aportando sugerencias sobre el posible programa a seguir.

Se adjuntan en los anexos los documentos que tutores y profesores rellenarán.

 

 

Hasta el 30 de mayo.

 

Informe del Departamento de Orientación:

- Conclusiones de la evaluación psicopedagógica.

- Opinión del alumno.

- Opinión de los padres.

FECHA 

ACTIVIDAD PROPUESTA

 

Junio

 

Sesión especial del tutor, jefe del Departamento de Orientación y jefe de estudios,  para propuesta definitiva.

Envío de la propuesta definitiva razonada al Servicio de Inspección para su informe.

 

 

         Atendiendo al apartado undécimo de la Resolución de 12 de abril de 1996 de la Secretaría de Estado de Educación, excepcionalmente, y para determinados alumnos y alumnas, se podrá solicitar su incorporación a un programa de dos años ya iniciado a lo largo del primer trimestre del curso, cumpliéndose las condiciones establecidas.
 

5. CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, DE LOS HORARIOS Y DE LOS RECURSOS MATERIALES.

 GRUPOS DE REFERENCIA: los alumnos del Programa pertenecerán al mayor número posible de grupos de tercero o cuarto de la ESO, según se trate del programa de uno o dos años. Con ello se intenta favorecer la integración de los alumnos con sus compañeros y que cuando salgan de clase los alumnos de diversificación, los grupos permanezcan con un número de alumnos suficiente.

ACTIVIDADES EN EL GRUPO DE REFERENCIA: cursarán en estos grupos todas las áreas a excepción de las específicas y una hora de tutoría semanal exclusiva para los alumnos incluidos en el programa.

ACTIVIDADES EN LOS GRUPOS DE DIVERSIFICACIÓN: los grupos de diversificación, no superiores a quince alumnos, funcionarán como tales en las áreas científico-tecnológica y socio-lingüística y durante la hora de tutoría específica.

          En relación con los espacios, teniendo en cuenta las condiciones del Instituto, cada curso habrá que valorar las necesidades y posibilidades. El mínimo a considerar debe ser un aula con espacio suficiente para los alumnos y profesores y donde se puedan utilizar materiales audiovisuales o disponer de una pequeña biblioteca de aula con atlas o diccionarios y otros materiales que se concretarán cuando se incorporen al Departamento de Orientación los profesores de las áreas específicas.

          También cuando se disponga de esos profesores se concretará la mejor manera de distribuir las horas de cada área específica. Las posibilidades son las de sesiones de una hora o de dos, siempre en función de las programaciones concretas de área.

          La distribución horaria es la siguiente:

 

PROGRAMA A DOS AÑOS:
PRIMER CURSO

 PROGRAMA A DOS AÑOS: SEGUNDO CURSO
Y
PROGRAMA A UN AÑO

 

ÁREAS

 

HORARIO

G. REFERENCIA
G. DIVERSIFICACIÓN

 

HORARIO

 G. REFERENCIA
G. DIVERSIFICACIÓN

Ámbito Socio-lingüístico

6

D

7

D

Ámbito Científico-tecnológico

6

D

7

D

Inglés

3

D

3

D

Educación Física

2

R

2

R

Plástica y Visual

2

R

 -------

 --------

Tecnología

3

R

3

R

Música

2

R

 --------

 --------

Área práctica

3

D

4

R

Optativa/s

------

--------

2

R

Tutoría

2 (1+1)

D R

2 (1+1)

D R

Religión / SCR

1

R

2

R

           El horario se ha elaborado teniendo en cuenta el horario general del Instituto y de los diferentes Departamentos. Se pretende no incrementar las horas de los Departamentos Didácticas en el comienzo de la implantación del Programa de Diversificación Curricular.

          En el futuro se pueden ir introduciendo modificaciones como:

  • Incrementar el número de optativas cursadas.

  • Reducir el horario de Inglés y que acudan sólo alumnos de diversificación, no con los de referencia, creando un programa específico para diversificación.

          De cualquier modo el horario propuesto prima las áreas específicas frente a la optatividad. En el primer año de implantación en el Instituto y dadas las carencias en las técnicas instrumentales básicas que suelen presentar estos alumnos, parece la opción más adecuada.

Programación didáctica de las áreas específicas

Según la Resolución de 12 de abril de 1996, en sus puntos:

Séptimo
    Las áreas específicas, organizadas en tomo a los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico, serán impartidas por el profesorado del Departamento de Orientación de apoyo a las áreas de Lengua y Ciencias Sociales y de Matemáticas, Tecnología y Ciencias de la Naturaleza.  Si el número de horas de las áreas específicas es superior a las que pueden ser asumidas por el profesorado citado, o en los casos en los que la organización del centro así lo aconseje, podrán ser impartidas por el profesorado de los Departamentos Didácticos implicados en dichas áreas específicas. 

Octavo
     1. El programa de diversificación curricular de cada centro será elaborado por el Departamento de Orientación en colaboración con los Departamentos Didácticos, coordinados por el jefe de estudios. Una vez elaborado, dicho programa pasará a formar parte de su Proyecto curricular de la etapa, como medida específica de atención a la diversidad, debiendo ser informado expresamente por parte del Servicio de Inspección en el marco de dicho Proyecto curricular.

2. El programa incluirá los siguientes elementos, con las precisiones que sean necesarias en función de que su duración sea de un año o de dos:

  1. Principios pedagógicos, metodológicos y de organización en los que se basa.

  2. Criterios y procedimientos para determinar el alumnado que se va a incorporar a estos programas, en  coherencia con los criterios de evaluación y de promoción establecidos por el centro en su Proyecto curricular de etapa.

  3. Criterios para el agrupamiento del alumnado y para la organización de los espacios, de los horarios y de los recursos materiales.

  4. Programación didáctica y horario semanal de las áreas especificas citadas en el punto quinto a) de esta Resolución.

  5. Determinación de las materias optativas que se consideran adecuadas para el alumnado que curse estos programas, tanto si corresponden a la oferta general del segundo ciclo de la etapa como si son específicas de los programas de diversificación.

  6. Directrices para la aplicación a este alumnado de los criterios de titulación establecidos, con carácter general, en el Proyecto curricular.

  7. Criterios y procedimientos para la evaluación y revisión del propio programa de diversificación.

DIRECTRICES DE APLICACIÓN A ESTE ALUMNADO DE LOS CRITERIOS DE TITULACIÓN ESTABLECIDOS CON CARÁCTER GENERAL EN EL PC.

Según la Resolución de 12 de abril de 1996, en sus puntos:

Decimoquinto
     1. El referente de la evaluación para el alumnado que siga un programa de diversificación curricular serán los objetivos generales de la etapa y los criterios de evaluación establecidos para cada área o materia que curse cada alumno o alumna, con las adaptaciones individuales que, en su caso, se hayan decidido.

 2.  De acuerdo con lo establecido en el punto vigésimo primero.1 de la Orden de 28 de febrero de 1996 por la que se dictan instrucciones para la implantación de enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, al término del programa el alumno o alumna recibirá el título de Graduado en Educación Secundaria si ha alcanzado, globalmente y por evaluación integradora de todas las áreas y materias cursadas, los objetivos establecidos en dicho programa.

 3. Tal como determina el punto vigésimo primero.2 de la citada Orden, al igual  que el resto del alumnado de la etapa, al término del programa de diversificación curricular el alumno o la alumna recibirá una acreditación del centro en la que consten los años cursados y las calificaciones obtenidas en las distintas áreas y materias. Dicha acreditación se recogerá en las hojas en blanco del Libro de Escolaridad de la Enseñanza de la Enseñanza Básica del alumno.  Asimismo, al término del programa de diversificación se formulará el Consejo Orientador, al que se refiere el artículo vigésimo quinto de la Orden de 12 de noviembre de 1992 sobre evaluación en Educación Secundaria Obligatoria, sobre el futuro académico y profesional del alumno o a alumna, de carácter confidencial y no prescriptivo. Todo ello se consignará tal y como viene recogido en el anexo de la presente Resolución

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN Y REVISIÓN DEL PROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR.

Decimosexto
     1. Dentro del proceso de evaluación y revisión del Proyecto Curricular de Etapa, el desarrollo del programa de diversificación y el programa mismo serán objeto de seguimiento y evaluación específicos, de acuerdo con los criterios establecidos en cada programa.  A tal efecto, el Departamento de Orientación elaborará, al final de cada curso, una memoria que incluya:

  1. Informe sobre el progreso del alumnado que ha seguido un programa de diversificación curricular.

  2. Valoración del funcionamiento del programa y, en su caso, propuesta de modificación.

2. Las posibles modificaciones de los programas de diversificación que se propongan al final de cada curso deberán ser informadas favorablemente por el Servicio de Inspección de Educación antes de su puesta en práctica.

Para su elaboración se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. Valoración

  • Progreso de los alumnos en relación a su situación inicial y respecto a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos.

  • Grado de satisfacción personal del alumno.

  • Alumnos y alumnas que han obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria o tienen posibilidades de lograrlo.

  • Implicación del profesorado en la adecuación a estos alumnos de métodos y criterios de evaluación.

  • Grado de implicación de los órganos de coordinación docente: Departamentos Didácticos y Comisión de Coordinación Pedagógica.

  • Funcionamiento de la tutoría y equipo educativo.

  • Adecuación de los recursos utilizados.

  • Nivel de colaboración de las familias.

         2. Propuestas de mejora.

 

 

Más información contactando con el Departamento


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